MANUAL DE CONVIVENCIA



MANUAL  DE CONVIVENCIA

JUSTIFICACION

El ser humano por naturaleza es un ser social, afectivo y despectivo, dichas circunstancias motivan relaciones fluidas de afecto pero también colmadas de desencanto.

La voluntad por lo que se cree correcto genera divergencias en las personas, conflicto por la defensa de las propias ideas y sentimientos de empatía o antipatía si estas son acogidas o denegadas, puede generar estados de entalpia y/o entropía social.

Para evitar el anarquismo es indispensable que las sociedades pacten acuerdo de convivencia que permitan a los individuos de su conglomerado:

Actuar de acuerdo con lo que piensen y con lo que sientan; mantener una actitud abierta y reflexiva para el dialogo; amar y respetar a los demás poniéndose en su lugar; ser capaces de controlarse, manteniendo la serenidad ante cualquier situación positiva o negativa; ser tolerantes y reconocer la armonía como una forma de vida.

Los acuerdos de convivencia de las instituciones en particular, no se pueden distanciar de la constitución nacional, del código del menor, de la ley 734/02, de la ley general de educación 115/94 y sus decretos reglamentarios. Toda esta normatividad busca en esencia que los seres humanos no solo sean personas con altos niveles de conocimiento sino que sean seres con conformación integral capaces de respetar, tolerar, convivir, amar y conocer sus derechos y cumplir con sus deberes en una sociedad que clama con fervor mejores seres humanos.

 

 PERFIL DEL ALUMNO.

Mediante la educación impartida en la institución se busca formar una persona técnica en ganadería, que pueda desempeñarse con responsabilidad en la región donde habite, que ame a su campo, su patria y respete sus símbolos; comprometido con la sociedad en que se desenvuelve siempre y cuando lo haga en forma técnica, critica, constructiva, participativa, creativa y activa en la búsqueda del conocimiento de tal manera que se apropie de ella y las aproveche en sus propios beneficios y en el de los demás.

La institución le ofrece al estudiante las herramientas necesarias tanto teóricas como practicas, intelectuales, éticas, morales y religiosas; que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo socioeconómico de la región y el país.

 

CAPITULO I 

NATURALEZA DE LOS ALUMNOS, MATRICULA Y HORARIOS 

ARTICULO 1. Condiciones para ser estudiante. El alumno de la institución educativa rural la Rastra, debe estar debidamente matriculado mediante contrato efectuado entre las partes (rectora, padres de familia y alumno); asistir regularmente a clases de acuerdo a las exigencias del Ministerio de Educación Nacional, Secretaria de Educación Departamental y Consejo  Directivo de la Institución.

ARTICULO 2. La matricula. Es el acto que formaliza la vinculación del dicente al servicio educativo. Es realizada exclusivamente por el padre de familia y/o  acudiente responsable del estudiante mediante contrato donde se especifica los compromisos relevantes que deben cumplir las partes (alumno, padre o madre y/o acudiente y colegio).

La matricula es un compromiso entre el colegio y los acudientes en beneficio del alumno, por tanto, será firmada por el rector, padre de familia o acudiente, el alumno y la secretaria(o) cumplidos los demás requisitos de rigor (documentación completa).

El alumno matriculado en la institución educativa rural la Rastra debe mostrar amor, interés y dedicación hacia las labores y asignaturas relacionadas con el campo, ya que la institución es de modalidad agropecuaria.

ARTICULO 3. Requisitos de matricula. Que exista un cupo disponible de acuerdo a la capacidad del aula y del mobiliario correspondiente; que presente los siguientes documentos:

Ø  Certificado de los últimos años cursados.

Ø  2 fotografías 3x4 a color.

Ø  Fotocopia del registro civil o tarjeta de identidad del alumno.

Ø  Fotocopia del documento de identidad del padre de familia o acudiente.

Ø  Fotocopia de la ficha del SISBEN.

Ø  Constancia por parte del colegio anterior que el alumno ha sido retirado del SIMAT.

Ø  Fotocopia del carnet de salud.

Ø  Facilitar los datos exigidos por la resolución 166 o similares.

Firma de la matricula por parte del padre y/o acudiente, por el alumno.

ARTICULO 4. Horario de clases. La institución en miras de cumplir con la ley 115/94 y el decreto 1850/02 tendrá una jornada única, las clases serán generalmente de 55 minutos, susceptibles a modificaciones de acuerdo a las circunstancias de carácter pedagógico y al plan de estudios.

ARTICULO 5. Las jornadas da clases se iniciaran:

Ø  De 7:30 AM a 11:30 PM para el preescolar

Ø  De 7:30 AM a 12:35 PM para la primaria

Ø  De 7:30 AM a   1:30 PM para la secundaria y la media

Ø  De 3:00 PM a    4:40 PM para la media 

 

CAPITULO II 

DEBERES 

ARTICULO 24. Deberes del gobierno escolar. Son deberes del gobierno escolar de la institución los siguientes:

24.1 Hacer efectivo los principios de la constitución nacional, según el cual los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

24.2 Formar a los estudiantes integralmente en los aspectos curriculares (metodologías y evaluación), formativos (afectivos y éticos), psicomotrices estéticos – deportivos vocacionales y sociales.

24.3 Cumplir las funciones inherentes a sus respectivos cargos.

ARTICULO 25. Deberes del consejo directivo frente al educador.

25.1 Ayudar a solucionar las necesidades inmediatas (de prioridad) que solicite el maestro.

25.2 Dar a conocer sus propósitos mediante informaciones oportunas incluyendo sus logros y actividades.

25.3 Apoyo y respaldo al educador en la realización de eventos y proyecciones.

25.4 Creación de estímulos para aquellos docentes que se desempeñen mejor en su trabajo durante el año.

 

ARTICULO 26. Deberes de los docentes. Son deberes de los docentes:

26.1 No abusar de sus derechos y de su posición.

26.2 No presentarse en el colegio en estado de embriaguez ni bajo efectos de sustancias alucinógenas.

26.3 No fumar en el salón de clases ni en sitios de reuniones.

26.4 Evitar vocabulario soez y discusiones desagradables frente a la comunidad educativa.

26.5 Colaborar en la disciplina de la institución.

26.6 Evitar relaciones idílicas con los alumno(a)s.

26.7 Desarrollar la propuesta curricular más adecuada de acuerdo a la necesidad del alumno y las directrices del MEN.

26.8 Emplear las metodologías y didácticas apropiadas para mejorar el rendimiento académico de los alumnos estando dispuesto a modificarlo o cambiarla si fuera necesario.

26.9 Ser puntual en el cumplimiento del horario del trabajo

26.10 Participar en los eventos extraescolares y escolares que realice la institución.

26.11 Apoyar los propósitos de la modalidad escolar desarrollando los objetivos y actividades propuestas.

26.12 Remitir a la comisión de evaluación y promoción a los estudiantes que lo ameriten.

26.13 Diligenciar oportunamente las planillas del control del registro académico.

26.14 Conservar una presentación personal con vestuario limpio y ordenado.

26.15 Respetar en su integridad física y moral a todos los estamentos de la comunidad educativa.

26.16 Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en relación con sus estudiantes.

26.17 Cumplir las órdenes inherentes a su cargo que le imparten sus superiores jerárquicos.

26.18 Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, bienes y muebles que le sean confiados.

26.19 Atender la solicitud de los estudiantes para la retroalimentación en el proceso de aprendizaje.

26.20 Cumplir y hacer cumplir la constitución, las leyes de Colombia y el presente manual de convivencia.

ARTICULO 27. Deberes de los estudiantes. La libertad está condicionada y limitada a las exigencias de convivencia y el bien común, lo que supone no ingerir en la libertad y bienestar de los demás. La libertad es responsable es decir genera la obligación de no traspasar el derecho ajeno, con el responder por las consecuencias de los actos, el como alumno matriculado en la Institución Educativa Rural la Rastra reconoce los siguientes deberes:

27.1 Reconocer, acatar el presente manual de convivencia y adquirirlo en el momento de la matrícula.

27.2 Reconocer y respetar a los compañeros y demás personas, los mismos derechos que exige para él.

27.3 Conocer y respetar los símbolos patrios de la institución con valores éticos, culturales, nacionales y étnicos.

27.4 Participar activamente en las actividades de la organización estudiantil, que busque el bien de toda la comunidad educativa.

27.5 Estar dispuesto al diálogo civilizado, con el ánimo de fortalecer relaciones interpersonales y superar conflictos.

27.6 Aceptar y respetar la pluralidad y el consenso en la toma de decisiones y se r solidarios con ellos.

27.7 Respetar el conducto regular para la solución de las dificultades personales o grupales tanto académica como disciplinarios.

 

27.8 Dar un trato respetuoso a los compañeros y todas las demás personas que laboren dentro y fuera de la institución.

27.9 Tener un buen comportamiento dentro y fuera del plantel.

27.10 Astenerse de cometer actos que afecten la moral y las buenas costumbres.

27.11 No ingerir bebidas alcohólicas, drogas; no portar armas blancas ni de fuego; no fumar, no usar ni leer revistas pornográficas, respeta el bien ajeno y otras conductas similares.

 

27.12 Ser solidario de manera especial ante las calamidades, dificultades o accidentes que puedan presentarse.

27.13 Participar activamente en el proceso de enseñanza y aprendizaje.

27.14 Colaborar con las directivas, profesores y administrativos en actividades programadas por la institución.

27.15 Cuidar y utilizar de forma responsable los implementos de trabajo, los vehículos, herramientas y demás elementos utilizados para el bien común. Entregarlos en buen estado al finalizar las clases o jornadas.

27.16 Abstenerse de manifestar dentro del colegio comportamientos idílicos, o de cualquier índole que demuestre relaciones eróticos ni con profesores ni con otros alumnos.

27.17 Llamar a las personas por su  nombre, es decir no llamar a nadie por apodos o palabras vulgares.

27.18 Durante el tiempo de clase o en el cambio de la misma permanecer en completo orden dentro del salón, aunque el profesor no esté presente.

27.19 El alumno(a) interno que no salga a su casa, debe trabajar en beneficio de la institución los días que no haya labores académicas a excepción de los domingos. Y dedicara mínimo tres horas ya sea en trabajos agropecuarios o en jardinería. NOTA este trabajo se extenderá los sábados y festivos y cuando la dirección requiera de los servicios del estudiante.

27.20 El personal interno debe mantener la ropa y el material de trabajo bien marcado y en completo orden.

27.21 Cumplir con los aseos asignados por el titular y los directores de interno.

27.22 Mantener mucho orden en el dormitorio, comedor, biblioteca y salón de estudio.

27.23 Cumplir con el horario tanto académico como de internado, acatando las ordenes de los directores de internos, de la rectora y docentes.

27.24 Permitir que las clases se desarrollen normalmente (constitución nacional Art 82)

27.25 No permanecer en las habitaciones, comedor, sala de profesores y otras dependencias bajo ninguna circunstancia.

27.26 No traer ni usar alhajas en el internado y en el caso de traerlas entregarles a los directores de internos.

27.27 En el dormitorio en las horas de descanso, de clase o de estudio no deben utilizar radios, grabadoras o cualquier equipo de sonido y darle un adecuado uso en las horas libres

27.28 A las jóvenes, no se les permite utilizar minifalda, pantalones o vestidos indecorosos, cosméticos, pinturas etc.

27.29 No usar ropa ajena.

27.30 Al caserío se podrá salir con el debido permiso de los directores de internos o de la rectora (alumnos  internos).

27.31 Los alumnos externos no permanecerán dentro de la institución fuera del horario académico o de la biblioteca a excepción de los que tienen proyectos.

27.32 Los alumnos internos deberán pagar la pensión de alimentación y de estudio los primeros cinco días de cada mes.

27.33 Los alumnos internos que vivan cerca de la institución deberán salir todos los fines de semana y los que vivan lejos podrán salir cada fin de mes excepto los casos especiales.

27.34 La salida es obligatoria para todos los internos al inicio de cada mes, excepto los casos especiales.

27.35 Ser moderados en la ejecución de los juegos, con el fin de evitar posibles accidentes.

27.36 Asistir puntualmente a clases, portando el uniforme completo, con mucha pulcritud y respeto. Para las labores del campo deberán portar el overol y las botas.

27.37 Los alumnos internos que estén encargados de un proyecto no deberán salir de la institución. Y los alumnos externos deben asumir el proyecto cuando le sea asignado.

27.38 No arrojar al piso papeles, cascaras y demás elementos que atenten contra la buena presentación e imagen de la institución.

27.39 No deteriorar las plantas existentes ni los cultivos agrícolas de la institución.

27.40 Cuidar y fomentar la siembra de plantas, el reciclaje y conservación del ecosistema.

27.41 Tener buena presentación personal en los actos religiosos.

27.42 Al presentarse a la institución tras una ausencia, justificar con una excusa firmada por el padre de familia o por una entidad de salud. Si la excusa está firmada por padre de familia se comparara con la firma de la ficha de la matrícula.

27.43 Presentarse al salón de clases con los elementos necesarios.

27.44 No portar el uniforme fuera del horario académico.

27.45 No escribir en las paredes, pupitres y en la ropa.

27.46 No acosar sexualmente a ningún integrante de la comunidad educativa.

 

ARTICULO 28. De los auxiliares administrativos y de servicios generales.

28.1 Cumplir la jornada laboral en el horario establecido por el rector o consejo directivo según necesidades del servicio y dedicar La totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.

28.2 Atender las solicitudes de servicios que hagan los diferentes estamentos de la comunidad en forma expedita y amble tras una orden de la dirección.

28.3 Cuidar los muebles y enseres que se le asigna para el cumplimiento de su deber e informar oportunamente los daños que se causen por el uso y responder por el mal uso de los mismos.

28.4 Respetar a los demás miembros que conforman la comunidad educativa de la institución y exigir respeto de los mismos.

28.5 Cumplir las funciones inherentes a sus respectivos cargos.

 

ARTICULO 29. Deberes de los padres de familia.

29.1 Ser responsables justos y veraces al formular juicios sobre las personas que conforman la institución y sobre el desarrollo de las actividades.

29.2 Valorar el plantel y guardar fidelidad al mismo, proporcionando un ambiente armónico, practicando el dialogo y utilizando siempre el conducto regular.

29.3 Cancelar oportunamente las pensiones como signo de pertenencia y solidaridad con las necesidades del plantel.

29.4 Proveer a sus hijos de todo lo necesario como uniformes, útiles y demás materiales necesarios para su aprendizaje.

29.5 Justificar personalmente o por escrito la ausencia de sus hijos.

29.6 Pagar los daños ocasionados por sus hijos.

29.7 Cerciorarse del rendimiento académico y disciplinario de sus hijos.

29.8 Asistir puntualmente a las reuniones y siempre que se requiera su presencia.

29.9 Velar por la salud, comportamiento y rendimiento general del  alumno.

29.10 Proporcionar a sus hijos el tiempo necesario y orientarlos en la realización de tareas

escolares.

29.11 Colaborar en todas las actividades programadas por la institución.

29.12 Responder por el rendimiento y comportamiento de sus hijos.

 29.13 Dialogar con el respectivo profesor, todos los asuntos relacionados con sus hijos.

29.14 Conocer y aplicar el código del menor.

29.15 Adquirir y conocer claramente el manual de convivencia.

29.16 Desde el momento de firmar la matricula con el alumno, su padre y/o acudiente aceptan el presente manual.

29.17 Al presentar las excusas justificadas por retardo o ausencia de sus hijos siempre y cuando sea presentada al momento de su ingreso y autorizada por la dirección y dando plazo prudente para cumplir lo que tengan pendiente a la luz de las normas vigentes.

 

CAPITULO IV 

DE LOS DERECHOS

 

ARTICULO 30. Derechos de los padres de familia. Mediante la firma del contrato de matrícula, el padre de familia o acudiente del alumno adquiere un compromiso bilateral entre estos y el plantel; por lo tanto, se hace indispensable el proceso educativo con el apoyo de la institución; por esta razón, los padres de familia o acudientes están sujetos a derechos y deberes tales como:

30.1 Recibir información sobre los aspectos académicos y disciplinarios de sus hijos acudidos.

30.2 Ser oídos en sus reclamos siempre y cuando se hagan dentro de las normas de cultura y respeto.

30.3 Pertenecer a la asociación de padres de familia.

30.4 Participar directa o indirectamente de las actividades programadas por la institución.

30.5 Participar en el consejo directivo y demás órganos del plantel.

30.6 Contribuir solidariamente en el plantel educativo para la educación de sus hijos.

 

ARTICULO 31. Derechos de los docentes. Los docentes tienen derecho a:

31.1 Que se les conceda permiso cuando la circunstancia que lo motiven sea justificadas.

31.2 La libre opinión y apelación en caso de acusación.

31.3 Contar con el respaldo de la directiva en casos difíciles surgidos dentro de su trabajo.

31.4 Asistir a reuniones sindicales.

31.5 La capacitación y actualización pedagógica.

31.6 Autonomía en el desarrollo de su área, lo que tiene que ver con metodología, disciplina en clase y evaluación.

31.7 Derecho a ser respetado y reconocido como profesional de la educación por la comunidad educativa.

31.8 Que se le faciliten los medios de transporte con que cuenta la institución en caso de necesidad; que cuente con los medios que conduzca a su profesionalización y el buen desarrollo de su trabajo.

31.9 No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas ni por cuestiones de orden racial o social.

31.10 Participar en la programación de actividades curriculares extracurriculares y complementarias de la institución.

PARAGRAFO: El consejo directivo podrá amonestar por escrito al docente y pedir la iniciación de un proceso disciplinario ante la oficina competente para el caso.

ARTICULO 32. Derechos de los estudiantes. Los derechos de los niños prevalecerán sobre los derechos de los demás (Art 44 de la constitución política de Colombia). Atendiendo a esto, la institución considera que estos son los derechos fundamentales para la convivencia dentro del plantel.

32.1 Ser tratados como personas, con respeto y justicia.

32.2 Recibir una educación en valores, fundamentada en los principios filosóficos de la institución de acuerdo a los programas del MEN.

32.3 Expresar libre, responsable y respetuosamente sus inquietudes y ser escuchados sin que tomen represalias.

32.4 Conocer la constitución de Colombia, el código del menor y ser informado sobre los fines éticos, ideológicos, religiosos y que se ejecuten y desarrollen dentro del plan de estudios.

32.5 Que se respete su dignidad, identidad, diferencias éticas y religiosas.

32.6 A la libre expresión, discrepancia y a corregir sus equivocaciones asumiendo las consecuencias.

32.7 A que los profesores sean equilibrados, justos y respeten su individualidad, no mezclen lo académico con lo disciplinario.

32.8 A que los profesores que asistan su proceso formativo cumplan a cabalidad con sus deberes profesionales.

32.9 A que tengan en cuenta las excusas por retardo o ausencias justificadas por sus padres o acudientes, siempre y cuando sean presentadas al momento de su regreso y autorizada por la dirección, dando plazo prudente para cumplir lo que tengan pendiente a la luz de las normas vigentes.

32.10 A ser informados sobre el plan de trabajo, objetivos y formas de evaluación que el profesor desarrollara en todo el año.

32.11 Participar directamente o atraves de representante en los diferentes organismos requeridos por la institución y a elegir y ser elegido en dichos organismos.

32.12 A ser estimulado(a)

32.13 A permanecer dentro de la institución y el aula durante la jornada de estudio.

32.14 Participar activamente en la solución de dificultades grupales.

32.15 A solicitar por escrito la revisión de exámenes ante la comisión de evaluación cuando haya objeciones en los resultados.

32.16 Derecho a la recreación libre y dirigida a una hora semanal para los internos siempre y cuando los directores lo consideren conveniente, producto del rendimiento y la disciplina.

32.17 Derecho a la alimentación sana y balanceada de acuerdo a la edad.

 

CAPITULO V 

FALTAS Y SANCIONES

 

Llamase falta al quebrantamiento de una obligación, compromiso al incumplimiento de los deberes contemplados en el manual de convivencia de la institución y las podemos clasificar en:

FALTAS DE DISCIPLINA Y FALTAS DE CONDUCTA

ARTICULO 33. Faltas de disciplina. Se considera faltas de disciplina las siguientes:

33.1 Impuntualidad a las clases y demás actividades sin causa justificada.

33.2 Realizar en clases actividades diferentes a las señaladas por el maestro.

33.3 Desorden en el salón o en actos de comunidad.

33.4 Descuido a la presentación personal por falta de aseo y presentarse sin el uniforme completo.

33.5 No tener los materiales solicitados para su trabajo diario de clase.

33.6 Trato descortés  a los compañeros, educadores y demás miembros de la comunidad educativa.

33.7 Ausentarse del aula de clase o del establecimiento sin las respectiva autorización del profesor de disciplina o del docente de la respectiva clase.

33.8 El porte de celulares en las actividades escolares y en los dormitorios en el momento de descanso nocturno.

ARTICULO 34. Faltas de conducta. Se considera faltas de conducta las siguientes:

34.1 Toda agresión verbal física o intento de esta a directivos profesores, compañeros o cualquier otra persona.

34.2 Ingerir bebidas alcohólicas, alucinógenas dentro del colegio o llegar bajo efectos de embriaguez.

34.3 Porte o uso de armas de fuego o armas blancas o de otra índole que pueda causar lesiones.

34.4 Ser declarado responsable de falsificaciones de documentos y/o fraude en las evaluaciones.

34.5 Disponer fraudulentamente de dinero pertenecientes al curso, comité u otros organismos del plantel.

34.6 Robo comprobado.

34.7 Daños a propósito de enceres herramientas, vehículos i instalaciones pertenecientes al colegio.

34.8 Reincidencia frecuente en el incumplimiento de los deberes de estudiantes.

34.9 Escándalos públicos, prostitución, drogadicción, practicas homosexuales dentro de la institución, estriptis y otras que riñen contra la moral y el buen nombre.

34.10 La fuga del internado.

34.11 Entrevistas clandestinas.

34.12 El negarse a pagar los daños causados.

ARTICULO 35. De las sanciones. La meta de la educación en la institución educativa rural la Rastra, es lograr que los alumnos actúen por sus propias convicciones, por principios y valores éticos y con plena libertad, sin embargo, creemos en el valor pedagógico de la corrección justa y adecuada como medio para orientar a aquellos que con su comportamiento inadecuado atenten contra el bien personal y de la comunidad, la sanción será la última estrategia a la que se acudirá en el proceso de la formación integral.

La institución aplicara las siguientes sanciones de acuerdo a la gravedad de la falta, después del tratamiento pedagógico si hubiere lugar.

35.1 Amonestación verbal por parte del maestro.

35.2 Anotación en el observador del alumno.

35.3 Amonestación y presentación del padre de familia ante el titular.

35.4 Amonestación y presentación del padre de familia ante la dirección.

35.5 Llevar la falta ante el consejo directivo donde será analizada.

35.6 Suspensión por uno o más días.

35.7 Cancelación del contrato de matrícula.

35.8 Perdida del cupo para el año siguiente.

PARAGRAFO 1. Inasistencia. Cuando no se presente excusa por la inasistencia veinticuatro horas después de su regreso al colegio, la nota que recibirá será cero en cualquiera de las áreas donde hubiesen evaluado.

PARAGRAFO 2. Evaluaciones y trabajos. Cuando no se presente a las evaluaciones o no presente los trabajos y no justifique la ausencia pierde el derecho a ser evaluado y la valoración será cero.

ARTICULO 36. Causales para la pérdida del cupo en el internado y cupo en el colegio.

36.1 La agresión física dentro y fuera del internado, a cualquier miembro de la institución.

36.2 Embriaguez o drogadicción.

36.3 Robo comprobado.

36.4 Citas clandestinas comprobadas

36.5 Hurto de documentos.

36.6 Salida del internado sin el debido permiso.

36.7 Prácticas homosexuales comprobadas dentro del colegio.

36.8 Perdida de la nota de disciplina y conducta.

36.9 Acoso sexual.

36.10 Tres llegadas tarde al internado en los días de salidas sin la debida justificación.

PARAGRAFO. Alumno que se reciba en el internado con matricula condicional, si comete cualquier falta grave, pierde el cupo en el internado.

 

 

CAPITULO VI

 

ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES

 

ARTICULO 37. De los estímulos. La institución educativa rural la Rastra, estimulara las acciones de los estudiantes ya sea individual o colectiva en el cumplimiento de sus deberes, sus iniciativas, su participación en la vida estudiantil y su afán de superación personal. El estudiante podrá recibir:

37.1 Felicitaciones ante el grupo en formación general.

37.2 Izada del pabellón nacional.

37.3 Condecoración: medallas, diplomas o menciones de honor.

37.4 Los dos mejores estudiantes niño (a) que durante el año escolar se hayan distinguido por su rendimiento académico, conducta y muy buena disciplina quedara excepto del pago de matrícula y pensión de estudio.

 

HORA INSTITUCIONAL
 
VISIÓN INSTITUCIONAL
 
La institución Educativa Rural La Rastra en el 2020 será líder en el desarrollo de los diferentes proyectos, atendiendo a los retos culturales, sociales y políticos de la región y a los desafíos técnicos y científicos del siglo XXI.

Ejercerá un servicio educativo de calidad, articulado con instituciones formadoras para el trabajo y educación superior, accesible a todas las personas de la región y del país, con énfasis en la investigación, solución de problemas y la competitividad constructiva.

Es nuestra visión una alternativa de formación para una persona integral, competente y capaz de convivir y servir a sus semejantes.


MISION INSTITUCIONAL
 
La institución Educativa Rural la Rastra forma personas integrales con valores humanos, cristianos, respetuosos de la diversidad cultural; generadores de ciencia e investigación, técnicos en agropecuaria y ganadería para contribuir en el desarrollo de la región y del país.
 
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